Sobre las APP
Las APP son modalidades de vinculación de capital privado, en las que se incorporan experiencias, conocimientos, equipos, tecnologías, capacidades técnicas y financieras, para crear, desarrollar, operar y mantener infraestructura y servicios públicos en el país. El vínculo se materializa en un contrato a largo plazo suscrito entre el Estado, a través de alguna de las entidades públicas, y uno o más inversionistas privados, en el que se distribuyen los riesgos y recursos.
Esta modalidad de contratación surgió en el Reino Unido a inicios de la década de los años 90, como una herramienta para renovar los activos públicos tras un largo período de baja inversión en infraestructura y fomentar mejores prácticas por la vía de utilizar la capacidad de gestión del sector privado en el proceso. Desde entonces, países latinoamericanos como Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México, Perú, entre otros, adoptaron esta modalidad como una alternativa para solventar la carencia de infraestructura como consecuencia de la falta de crecimiento y la crisis de deuda en la década de los años 80.
Características del Régimen de APP
El Contratista APP está total o parcialmente a cargo del financiamiento de la construcción, explotación, operación y mantenimiento del activo público y asume riesgos del proyecto, según cada caso. El retorno de la inversión realizada, así como los gastos operativos y de mantenimiento, podrán estar total o parcialmente a cargo de la Entidad Pública Contratante y/o del usuario final del servicio. En los contratos de APP se establecen niveles de servicio que deben ser cumplidos por el Contratista APP, si el proyecto es autofinanciado o cofinanciado.
- Autofinanciado: Proyectos en que los costos se recuperan con los ingresos percibidos por el contratista APP (inversor), mediante el cobro de tarifas, precios, peajes, cuotas o cargos, en general cobrados directamente al usuario final durante la vigencia del contrato de APP, que le permitan al contratista APP obtener una rentabilidad financiera adecuada al riesgo asumido.
- Cofinanciado: Proyectos que requieren recursos del Estado mediante transferencias y/o garantías, que implican la asunción de compromisos firmes o contingentes por parte de la Entidad Pública Contratante, ya sea por ausencia de pagos del usuario final o porque los pagos no son suficientes para cubrir los costos del proyecto.
Aunque existen diferentes tipos de contratos que permiten la interacción o articulación de acciones y responsabilidades entre el sector público y el privado, cuando nos referimos a las APP hablamos de un tipo específico de contrato, cuya principal característica consiste en la adecuada asignación de riesgos, bajo el principio de entregarlos a quien mejor los pueda gestionar. Esta característica permite hacer un mejor uso de los recursos y generar mayor valor para la sociedad.
Sin embargo, es importante señalar que los proyectos de APP requieren tiempo y recursos para su preparación. Su éxito radica en gran parte en su adecuada estructuración, la cual requerirá una inversión importante en estudios y tiempo de maduración. La experiencia de otros países de la región, como Perú, Colombia y Chile, demuestra que un proyecto de APP puede demorarse entre seis meses y un año en prepararse, dependiendo del sector y la complejidad. Este proceso podría tomar hasta tres años para proyectos de aún mayor complejidad.
Criterios y elementos de elegibilidad
Para ser consideradas bajo la modalidad de APP, las iniciativas públicas que presentan las Entidades Públicas Contratantes (EPC) -ministerios, instituciones descentralizadas, empresas públicas o municipios- deben cumplir, previo a su solicitud de evaluación y aprobación, con las siguientes condiciones:
- Ser presentadas por una entidad competente bajo el ámbito de aplicación de la Ley No. 93, según sus facultades.
- Formar parte del Plan Quinquenal de Inversiones o estar incluidas en la lista que elabora el Consejo de Gabinete.
- Inversión superior a los B/. 15 millones.
- Cumplir con los siete elementos de elegibilidad, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley No. 93 de 2019.
Beneficios y ventajas de contratación APP
A través de los contratos de APP, se busca proveer al país de calidad y eficiencia de los servicios públicos, generar empleos y dinamizar la economía. De esta manera, se espera que el país mejore su competitividad y logre una importante inyección de capital privado en los fondos públicos.
- Ingrese aquí para conocer algunos beneficios de las contrataciones bajo modalidad de APP.
Marcos legales del Régimen de APP
- Ley No. 93 de 19 de septiembre de 2019, que crea el Régimen de Asociación Público-Privada.
- Decreto Ejecutivo No. 840 de 31 de diciembre de 2020, que reglamenta la Ley No. 93 de 2019.
- Decreto Ejecutivo No. 119 de 27 de abril de 2023, que modifica el Decreto Ejecutivo No. 840 de 31 de diciembre de 2020.
- Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, que regula la Contratación Pública, ordenada por la Ley No. 153 de 2020.
- Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley No. 22 de 2006.